New York Courts dot gov
New York StateUnified Court System

Iniciando un caso


Información general
Donde puede demandar
Iniciando el caso
Sometiendo los documentos electrónicamente
Notificando al demandado
Preparándose para comparecer

Información general

Cualquier persona mayor de 18 años de edad puede iniciar una demanda en el tribunal de reclamos menores. Si usted es menor de 18 años, su padre o tutor puede demandar a nombre suyo. Solamente los individuos pueden iniciar demandas en el tribunal de reclamos menores. Ni las empresas, las sociedades, las asociaciones ni los concesionarios pueden demandar en el tribunal de reclamos menores. Sin embargo, ellos sí podrán ser demandados en el tribunal de reclamos menores. Si usted es una empresa, una sociedad, una asociación o un concesionario, usted puede entablar un reclamo comercial o por servicios al cliente. Para información adicional, visite reclamos comerciales y transacciones al consumidor.

Por lo general, la persona que demanda se conoce como el demandante y la persona que recibe la demanda se conoce como el demandado. Usted puede demandar a más de una persona simultáneamente.

Usted tiene que ser la persona apropiada para iniciar una demanda en el tribunal de reclamos menores. Por ejemplo, si usted queda involucrado en un accidente mientras conduce un automóvil que no esté registrado a su nombre, usted no puede demandar por daños causados al automóvil durante el accidente. Solamente la persona a nombre de quien esté registrado el automóvil puede demandar por daños causados a dicho auto.
Para mayor información sobre cómo entablar una demanda en el tribunal de reclamos menores, continúe leyendo más adelante. Puede también leer la ley procesal, activando la Civil Court Act section 1803.

back to top


Donde demandar: competencia

Un demandante debe iniciar la demanda en el condado apropiado. Por lo general, un demandante puede demandar en el condado donde reside cualquiera de las partes. Si ninguna de las partes reside dentro de la Ciudad, la demanda puede someterse en el condado donde cualquiera de las partes trabaje o tenga una oficina en la cual lleve a cabo transacciones comerciales. Si el demandado no tiene lugar de residencia, empleo, ni lleva a cabo negocios dentro de la ciudad de Nueva York, usted no puede instigar la demanda en el tribunal de reclamos menores. Para encontrar la ubicaciĆ³n en su condado, active "Locations."

back to top


Iniciando un caso

Para iniciar una demanda en el tribunal de reclamos menores, una persona, o alguien que la represente, debe presentarse ante las oficinas del secretario del tribunal de reclamos menores y llenar una declaración de reclamo. Para saber la ubicación de las oficinas del secretario del tribunal de su condado, active direcciones. Para saber cuando están abiertas las oficinas del tribunal de reclamos menores, visite horario del tribunal. Usted puede también utilizar un servicio privado para llenar la declaración de reclamo y para someterla electrónicamente ante el tribunal. Si está interesado en iniciar su caso de esta forma, active presentando formularios electrónicamente.

La persona que llene la declaración de reclamo debe tener la capacidad de explicar la razón de la demanda y tiene que saber el nombre y la dirección correctas, incluyendo la zona postal, de la persona o empresa que está siendo demanda. Si no está seguro del nombre correcto de la empresa, diríjase a las oficinas del secretario del condado donde esté ubicada dicha empresa y solicite copia del certificado de negocios, fotocópielo y llévelo al tribunal. Para ver el formulario de reclamos menores, active formulario de reclamos.

Puede ver un corto video que le explica cómo llenar el formulario.

Instrucciones para el formulario de reclamos menores:
Video (duración: 4:52 minutos/segundos, formato Windows Media)
Transcripción escrita

Usted tendrá que pagar una tarifa judicial para presentar su reclamo. Si la reclamación es por una cantidad de hasta $1,000 dólares, la tarifa es de $15. Si la reclamación sobrepasa los $1,000, hasta los $10,000, la tarifa es de $20. Dicha tarifa tiene que ser pagada en efectivo, cheque certificado, giro monetario o cheque bancario, pagadero a favor de "Clerk of the Civil Court". No se aceptan cheques personales.

El secretario le informará la fecha de su audiencia. Las audiencias del tribunal de reclamos menores se llevan a cabo, por lo general, a las 6:30 P.M. Si usted es un ciudadano de la tercera edad, es minusválido o trabaja de noche, puede solicitar que su audiencia se lleve a cabo de día. Usted o la persona que comparezca a nombre suyo, debe mostrar prueba de su edad, de incapacidad física o de que trabaja de noche. Dicha prueba puede ser una carta de su empresa o de un doctor, una licencia de conducir que indique su fecha de nacimiento u otros documentos similares.

Si reside fuera de la ciudad de Nueva York y desea demandar a alguien dentro de la ciudad, usted puede presentar su demanda por correos. Comuníquese con las oficinas del secretario judicial del tribunal de reclamos menores del condado donde resida, viva o trabaje el demandado, para así obtener los formularios necesarios.

back to top


Presentando los documentos electrónicamente

El sistema judicial no proporciona la presentación electrónica para asuntos de reclamos menores en este momento. Vuelva a consultar para información actualizada.

back to top


Notificando al demandado

Una vez sometida la demanda, el tribunal de reclamos menores hará entrega de la notificación de su reclamo, enviándola al demandado. Dicha notificación de reclamo le indica el demandado cuándo comparecer ante el tribunal de reclamos menores e incluye una descripción breve de su reclamo y de la cantidad de dinero que usted solicita.

La notificación de su reclamo le será enviada al demandado por correo certificado y por correo ordinario de primera clase. Si la notificación enviada por correo ordinario de primera clase no es devuelta por la oficina de correos dentro de un período de 21 días, marcada, indicando que no pudo ser entregada, se supondrá que el demandado recibió la notificación de su reclamo, aunque la notificación de reclamo enviada por correo certificado no haya sido entregada.

Si la oficina de correos no puede entregar la notificación de su reclamo (por ejemplo, el demandado pudo haberse mudado sin dejar su dirección nueva), el secretario judicial le otorgará una nueva fecha de audiencia y le indicará qué arreglos hacer para entregar la notificación de reclamo personalmente al demandado.

Si la notificación de reclamo no puede ser entregada al demandado dentro de un período de 4 meses después de que usted haya presentado su reclamación, dicha reclamación será desestimada. Si más adelante obtiene información adicional, relacionada con la ubicación del demandado, usted podrá someter su reclamación una vez más.

Un caso de reclamos menores no procederá a juicio hasta que el demandado haya recibido una notificación de su reclamo.

El demandado puede someter una contrademanda. Para información sobre este procedimiento, active contrademandas.

back to top


Preparandose para comparecer ante el tribunal

Antes de la fecha de audiencia, usted debe reunir toda la evidencia que respalde su reclamo o su defensa. Dicha evidencia puede incluir: fotos, un acuerdo por escrito, una factura detallada, la cual indique que fue "pagada", recibos de pago, por lo menos dos estimados escritos y detallados del costo de los servicios o de las reparaciones, un cheque cancelado, un artículo de ropa dañada, cartas u otros documentos por escrito. Si hay récords que no estén todavía en su posesión, usted querrá que el tribunal emita una orden para que dichos récords sean presentados ante el tribunal durante la audiencia. Para información adicional sobre este procedimiento, visite citaciones judiciales.

Usted debe también preparar cualquier testigo o testigos que planee llevar a la audiencia para que testifiquen a favor de su reclamo o de su defensa. El testimonio de una persona que posea conocimiento especial o conocimiento y experiencia relacionados con una materia relacionada con el asunto de su reclamo, podría ser necesario para demostrar su caso. Por ejemplo, si su caso cuestiona la calidad de un servicio médico, usted tiene que buscar a un doctor que esté dispuesto a dar una opinión, ante el tribunal, relacionada con la calidad del cuidado que usted haya recibido. Aunque quizas usted pueda localizar a un perito en la materia que testifique a favor suyo y sin cobrarle, es más probable que usted tenga que pagar por el testimonio de un perito.

Si un testigo, excepto un perito, se niega a testificar voluntariamente, usted puede hacerle entrega de una citación judicial, obligándole a comparecer ante el tribunal para que testifique. Para mayor información, visite citaciones judiciales.