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   El Tribunal de Familias
de la Ciudad de New York
Centro Alterno de Resolución de Disputas - Programas de Mediación

OPCIONES PARA SU CASO DE CUSTODIA O VISITA

Cuando venga al tribunal a buscar la custodia o visitación de sus hijos menores usted puede optar por litigar su caso ante un juez (o árbitro) o que su caso sea asignado a mediación. .

MEDIACIÓN ES UN PROCESO LIBRE DE COSTO, VOLUNTARIO, Y CONFIDENCIAL EN EL CUAL AMBOS PADRES RESUELVEN SUS PREOCUPACIONES JUNTO CON UN MEDIADOR IMPARCIAL DESARROLLANDO UN PLAN DE CRIANZA.

• El mediador ayudara a facilitar la comunicaciòn entre ambos para poder resolver los asuntos que los trajo al tribunal.

• El mediador no rendira ninguna orden ni les dara consejos..

• Es su opción llegar a un acuerdo mutuo o volver ante el tribunal.

• Ambos padres deciden el plan de crianza. Si un juez o árbitro aprueba el plan se convertira en una orden del tribunal.

No todos los casos se pueden mediar si se determina que su caso no es apropiado, sera devuelto ante el Tribunal sin perjuicio a su caso.

SI UN JUEZ O ÁRBITRO DECIDE SOBRE SU CASO:

El juez o el árbitro tendra que obtener información para llegar a su decisiòn. Para poder determinar lo mejor para el bienestar de los menores el juez o àrbitro puede requerir lo siguiente:

Que un tutor legal (abogado) se asigne para representar al menor. Se tienen que asegurar que el menor este disponible para reuninrse con su abogado.

• La Administración de Servicios para Menores visitara su hogar para entrevistar a quienes viven ahí, y tambien a otras personas que formen parte de la vida de los menores.

• Se realizara una evaluación de salud mental o una investigación de los hogares y todos quienes viven en los hógares. El tribunal determinara quien cubrira el costo de esta evaluación.

• Puede que una o ambas partes contraten representación o pida que el tribunal asigne un abogado libre de costo. Por lo general esto requiere un aplazamiento demorado. Se puede optar por proceder sin un abogado.

Si no llegan a una resolución ,el caso procedera a juicio. De cualquier manera se tardara varios meses y varias comparecencias para llegar a una resolución.

Cada cual puede presentar testigos con el fin de reforzar su caso o desprestigiarlo.

Despues de un juicio o de haber llegado a un acuerdo el juez o árbitro emitira una orden de custodia o de visita.

SI OPTA POR MEDIACIÓN:

Tienen que informarle al juez o áribtro que desean participar en el programa de mediación. El juez o árbitro puede sugerirles el programa de mediación.

• Si el juez o árbitro esta de acuerdo con su participación en mediación,un representante de este programa se comunicara con ustedes para citarlos a una cita preliminar.

• Si se determina por medio de esta entrevista que su caso es apto para mediación le citaran a su primera sesión para la semana siguiente. Si no es apto su caso sera devuelto ante el tribunal.

• Su abogado, si tiene, puede acompañarle a mediación o puede revisar cualquier acuerdo propuesto antes de que se firme. Le daran citas para sesiones adicionales si fuesen necesarias.

Si ambos padres llegan a un acuerdo, este sera puesto por escrito y se enviara ante el tribunal para la fecha aplazada. Si un juez o árbitro lo aprueba se convertira en una orden del tribunal.

*Los asuntos que se tratan en mediación son confidenciales.

En cualquier momento si no llegan a un acuerdo o quieren cesar con sus sesiones de mediación el caso puede continuar ante el tribunal sin perjuicio a las partes.

* Alegaciones de abuso o maltrato de menores o amenazas no son confidenciales.

 

 
 
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Web page updated: February 8, 2008 -www.NYCOURTS.gov