REGLAMENTO DE LA SALA DE RESOLUCIÓN
 

HON. LOUIS VILLELLA


AL LLEGAR A LA SALA
En cuanto lleguen a la sala, las partes litigantes y sus abogados deben registrarse con el policía judicial, así como comunicarle a este cúal es el número de su caso, según aparece reflejado en el calendario de la sala que está colgado en la pared a la entrada de la misma.
Cuando los litigantes estén siendo representados por un abogado, estos no podrán ni conferenciar, ni discutir un caso, al menos que sea el abogado mismo quien lo haga.

INCUMPLIMIENTOS
De no presentarse a tiempo, los casos programados para las 9:30 a.m. serán declarados en rebeldía a las 11:00 a.m.
Los casos programados para las 11:00 a.m. serán declarados en rebeldía a las 12 meridiano.
Los casos programados para las 2:00 p.m. serán declarados en rebeldía a las 3:00 p.m.
Si una de las partes litigantes comparece a tiempo, pero después se marcha y no regresa dentro de un período de gracia de 30 minutos, dicho litigante podría ser declarado en desacato, el caso podría ser retirado del calendario, y aplazar el mismo según el tribunal lo estime conveniente.
Toda declaración de rebeldía o descato por parte del tribunal y que esté relacionada con una demanda que implique la recuperación de una apartamento o inmueble, tendrá que ser programada para un juicio unilateral. Se tendrá que presentar una certificación de que el litigante que está siendo demandado no es miembro, ni de las fuerzas armadas, ni de ninguna otra entidad militar.

APLAZAMIENTOS
Siempre que exista una justificación razonable, el tribunal no tendrá
inconveniente alguno en acceder al aplazamiento de un caso, con el consentimiento de todas las partes implicadas.

ESTIPULACIONES
Toda propuesta para llegar a un acuerdo o estipulación tendrá que primero ser sometida a la consideración del tribunal, ya sea el abogado de la sala, el juez, o ambos.

MOCIONES
El tribunal exige que toda moción que se someta al tribunal sea argumentada oralmente.