REGLAMENTOS DE LA SALA DE RESOLUCIONES
HON. SARAH R. KRAUS
1. Todas las partes litigantes o sus abogados tienen que registrarse con el secretario del tribunal o con el policía judicial al ingresar en la sala.
2. A menos que esténprogramados par un juicio o para una audiencia, si una o ambas partes no se han registrado, los casos programados para el rol de audiencia de las 9:30 a.m. serán considerados en rebeldía o serán desestimados a las 10:30 a.m., los casos programados para las 11:00 a.m. serán considerados en rebeldía o serán desestimados a las 12:00 p.m., y los casos programados para las 2:00 p.m. serán considerados en rebeldía o serán desestimados a las 3:00 p.m.
3. Todas las mañanas se pasará el rol de audiencia a las 10:00 a.m., para determinar qué está sucediendo con los casos.
4. Las indagatorias se llevarán a cabo en las tardes, pero no la primera vez que los casos sean listados en el rol de audiencia.
5. Todos los abogados, incluyendo aquellos que comparecen a favor de otros abogados, tienen que llenar una notificación de comparecencia relacionada con cualquier caso que representen.
6. Las estipulaciones tienen que ser escritas con letra legible.
7. Todo aplazamiento por consentimiento mutuo tienen que someterse por escrito, especificando la razón por la cual se solicita dicho aplazamiento. Cualquier solicitud de aplazamiento posterior a una primera comparecencia, debe contar con la aprobación del tribunal.
8. Todo caso descontinuado y mociones de retiro tienen que someterse por escrito ante el tribunal, indicando si se descontinúa o si se retira el caso con perjuicio y, de no serlo así, la razón específica del por qué.
9. Las partes litigantes y sus abogados, en aquellos casos programados para juicio o audiencia, los que hayan de ser enviados a juicio, tienen que comparecer a las 9:30 a.m. para que sean enviados a la Sala “X.” En cuyo caso, el tribunal determinará las solicitudes en rebeldía o en desestimación a las 10:00 a.m.
10. El tribunal podrá llevar a cabo audiencias en la sala de resoluciones, si esto fuese necesario. Tales audiencias serán programadas para las 2:30 p.m. y estarán sujetas a ser declaradas en rebeldía, o desestimadas, a las 2:45 p.m.
11. Ningún abogado ni parte litigante podrá remover el expediente judicial de las manos del secretario del tribunal ni del policía judicial, durante cualquier fecha en que el caso esté programado para comparecer ante la sala, sino hasta después de que el caso haya sido resuelto o aplazado. Las partes o sus abogados podrán fotocopiar cualquier material necesario del expediente, después de que el caso haya sido resuelto o aplazado, o durante cualquier otra fecha, siempre y cuando se deje una identificación fotográfica con el policía de la sala.