REGLAMENTOS DE LA SALA DE JUICIOS
HON. GARY F. MARTON
Es obligatorio que los litigantes se registren a su llegada a la sala:
En cuanto lleguen a la sala, todos los litigantes tienen que reportarse con el secretario o el policía judicial. Si usted no habla inglés, indíquele al policía judicial cuál es el idioma que usted habla para que el tribunal pueda proveerle un intérprete en su idioma. Todos los equipos electrónicos tales como localizadores, teléfonos celulares, así como cualquier equipo de música portátil, tendrán que ser apagados o serán confiscados por el tribunal. Se prohíbe comer y beber en el tribunal.
Pase de lista y declaración de rebeldías
Sesenta minutos después de la hora fijada para la comparecencia, el secretario judicial hará un pase de lista de los casos programados para esa hora. Usted debe responder cuando mencionen su caso. Las rebeldías, anulaciones y aplazamientos, así como cualquier otro remedio judicial, se otorgarán según los horarios siguientes:
A las 10:30 a.m. para los casos programados para las 9:30 a.m.
A las 12:00 a.m. para los casos programados para las 11:00 a.m.
A las 3:00 p.m. para los casos programados para las 2:00 p.m.
Como excepción, se hará un pase de lista a las
10:00 a.m. para los casos programados para audiencias y/o juicios:
A las 10:00 a.m. se hará un pase de lista de los casos programados para
audiencias y/o juicios que hayan sido aplazados. Si las partes litigantes o
sus abogados no están presentes cuando se haga dicho pase de lista, su
caso podrá ser declarado en rebeldía, retirado del calendario,
anulado, aplazado o enviado a otra sala para audiencia o juicio.
Excepción al mediodía: Se espera que los propietarios,
inquilinos y sus abogados hagan el mayor esfuerzo posible para llegar a un acuerdo.
Si no se llega a una estipulación antes de las 12 del mediodía,
el tribunal pasará la lista de los casos que aun estén pendientes,
y procederá a retirar dicho caso del calendario, anularlo, aplazarlo
o declarará en rebeldía a cualquiera de las partes que no esté
presente en ese momento, sin importar si dicha parte se había registrado
anteriormente con el secretario o policía judicial (si es que el caso
aún no ha sido conferenciado, no se han escuchado los argumentos de las
partes en disputa o no se ha llegado a una estipulación).
Estipulaciones (y otros acuerdos)
a) La estipulación debe estar escrita
con letra clara y legible.
b) Todas las estipulaciones tienen que ser revisadas por el
abogado de la sala. Las partes litigantes y sus abogados tienen que estar disponibles
hasta que el abogado de la sala revise dicha estipulación o de lo contrario,
estarán sujetos a que su caso sea anulado, aplazado o declarado en rebeldía.
c) La estipulación debe declarar si se necesitan hacer
reparaciones. Si se necesitan reparaciones, éstas tendrán ser
descritas en detalle y deberá especificarse la fecha en que se dará
acceso, así como la fecha límite para que las reparaciones sean
terminadas. La estipulación también tendrá que declarar
si no se necesita reparación alguna.
d) La estipulación tiene que incluir un desglose del
alquiler atrasado.
e) La estipulación no podrá incluir un clausula
referente a la "cantidad en disputa" a menos que (i) la cantidad en
disputa esté sujeta a una clausula de "resolución final"
o, (ii) la estipulación contiene una razón que justifique la omisión
de la clausula de "resolución final". Una clausula de "resolución
final" es aquella que estipula que una disputa debe ser resuelta o reinstaurada
en el calendario del tribunal antes de una fecha determinada. Si esta regla
no es cumplida, se considerará que la parte incumplidora está
renunciando a la cantidad en disputa.
f) Nuevamente le recordamos que todas las estipulaciones deben
estar escrita con letra clara y legible.
Preguntas
Diríjase al policía judicial si tiene alguna pregunta.