REGLAMENTO DE LA SALA DE RESOLUCIÓN
                                 
    Hon. Brenda S. Spears

                                                                           Sala ____, 9:30 a.m.                                                                      

 

1.  Todos los litigantes tienen que registrarse con el escribano de la sala.

2.  Si hay un litigante que está siendo representado por un abogado, tendrá que ser dicho abogado quien se registre con el escribano o secretario judicial.

3. No se podrá remitir un caso o litigio a la sala de juicios sin antes haber conferenciado dicho caso con el abogado de la sala.

4. A las 10:30 a.m. el secretario judicial pasará la lista de los casos que hayan sido programados para juicio.

5.  Los casos que hayan sido declarados en rebeldía serán anunciados a las 11:00 a.m.

6.  Toda solicitud para un aplazamiento, continuidad, o cualquier otro ajuste o reprogramación del calendario, tendrá que hacerse compareciendo en persona en esta sala. No se admitirá ni concederá este tipo de solicitudes por teléfono.

7. En el caso de que todas las partes litigantes se hayan presentado a tiempo, pero la disputa no ha podido ser solucionada antes de las 12:45 p.m., el caso quedará a la discreción del tribunal, quien decidirá si se ha de aplazar o anular dicho caso.