REGLAMENTOS DE LA SALA DE JUICIOS

HON. DEIGHTON WAITHE

 

1. La sala de juicios estará disponible a las 9:30 a.m. y a las 2:15 p.m. para los casos que estén listos para proceder a juicio o para lo que de otra manera indique el tribunal o se acuerde entre las partes, con el consentimiento del tribunal.

2. Los casos programados para las 9:30 a.m. estarán sujetos a ser desestimados o declarados en rebeldía por falta de comparecencia, a las 11:00 a.m. y bajo solicitud de la parte compareciente.

3. Si ninguna de las partes comparece a la hora programada, el caso será retenido hasta las 4:00 p.m., a cuya hora el tribunal llamará el caso y emitirá una rebeldía por falta de comparecencia de ambas partes o aplazará el caso, según sea necesario.

4. Todas las partes litigantes o sus abogados tienen que reportarse con el policía o con el secretario judicial al ingresar en la sala. Es la responsabilidad de cada abogado someter una notificación de comparecencia ante el tribunal cuando esto sea necesario y estar listos para proceder a juicio y/o estar totalmente autorizados para enfrascarse en discusiones que puedan resolver el caso a favor de sus clientes.

5. Ya que los casos remitidos a la sala de juicios deben estar listos para proceder a juicio al llegar a la sala, las solicitudes de aplazamiento no serán otorgadas fácilmente. Ningún aplazamiento, en casos pendientes ante el tribunal será otorgado telefónicamente, excepto bajo circunstancias extraordinarias cuando, tanto el tribunal como el adversario que solicita el aplazamiento, se encuentren en conferencia telefónica simultánea. Sin embargo, los acuerdos mutuos solicitando un aplazamiento pueden ser enviados por telecopiadora (fax) siempre que el documento esté firmado por todas las partes involucradas en el caso.

6. Aunque se supone que cada caso está listo para proceder a juicio, el tribunal se reserva el derecho de llevar el caso a una nueva conferencia, previa al comienzo del juicio. Si el caso no pueda resolverse, las partes litigantes tienen que estar listar para proceder a juicio.

7. Los casos resueltos fuera de la sala, a través de acuerdos, suspensiones o de cualquier otra forma, tienen que ser decididos a través de una estipulación escrita, la cual debe someterse al tribunal, al policía judicial o al secretario, cuando estén disponibles en la sala.

8. Las estipulaciones deben ser revisadas por el tribunal y las mismas serán explicadas concienzudamente a todos los litigantes auto-representados antes de ser "ordenadas". Por lo tanto, todo litigante auto-representado debe estar presente ante el tribunal para que se pueda llevar a cabo una alocución formal. Aunque el abogado del demandante no tiene que estar presente durante la alocución, dicho abogado tiene que permanecer disponible y estar sujeto a que se le llame, en caso que el litigante auto-representado tenga preguntas o desee rechazar o anular el acuerdo propuesto.

9. El tribunal no aceptará el sometimiento de ninguna moción sin argumento oral previo.

10. Las regulaciones de la sala de juicios están sujetas a cambio, ajuste o modificación, de acuerdo al caso y a la discreción del tribunal.