Entrega
de la notificación de la demanda y del aviso de la
querella para iniciar un proceso en desalojo o por incumplimiento
de pago
Quién puede hacer la entrega de la
demanda
Cuando se puede hacer la entrega
Cómo hacer la entrega
Affidávit de entrega
A continuación usted podrá encontrar las instrucciones
para hacer la entrega de los documentos que le permiten iniciar
un proceso judicial entre propietario e inquilino. Si desea
información adicional acerca del proceso de entrega
de la demanda, puede dirigirse a la sección
735 de la Ley de Procedimientos y Demandas de Bienes Raíces.
Quién puede
hacer la entrega de la demanda
1. Usted mismo NO puede encargarse de hacer la entrega de
los documentos judiciales.
2. Cualquier persona que tenga 18 años o más
podrá hacer la entrega de los documentos judiciales,
siempre y cuando ésta NO SEA PARTE de la demanda.
3. Si usted así lo desea, puede contratar los servicios
de un notificador judicial (Process Server) para
que éste sea el que se encargue de entregar los documentos.
Para obtener un listado de notificadores profesionales, consulte
las páginas amarillas de la guía telefónica.

Cuando se
puede hacer la entrega
La entrega de los documentos judiciales no puede hacerse
los domingos. Dicha entrega podrá hacerse durante el
horario siguiente:
Horas no laborables: 6:00 a.m. a 7:59 a.m.
Horas laborables: 9:00 a.m. a 5:00 p.m.
Horas no laborables: 6:01 p.m. a 10:00 p.m.

Cómo hacer
la entrega
Deberá entregarse una copia de los documentos judiciales
al demandado, ya
sea en persona o a través de la entrega por sustitución.
Si ninguno de estos métodos funciona, aún después
de haber hecho los mayores esfuerzos a su alcance, los documentos
podrán ser colocados en un lugar prominente.
a. Entrega personal: Usted puede hacer entrega de una copia
de los documentos judiciales al demandado en sus propias manos,
en cualquier lugar donde éste se encuentre.
b. Entrega por sustitución: Usted puede entregar una
copia de los documentos a cualquier persona que abra la puerta
del apartamento, siempre y cuando él o ella resida
o trabaje en dicho apartamento y tenga la edad y el entendimiento
apropiados para recibir dichos documentos. Al siguiente día
laborable, el notificador judicial deberá enviar una
copia de los documentos por correo regular, así como
otra copia adicional por correo certificado, al demandado.
Asegúrese de guardar los comprobantes del envío
por correo certificado.
c. Utilizando un lugar prominente para hacer la entrega:
Si después de haber hecho el primer intento de entrega
de los documentos, ya sea mediante la entrega personal o por
sustitución y el notificador judicial no tiene éxito,
él o ella tendrá que hacer un segundo intento
en un horario diferente (vea los diferentes horarios
mencionados anteriormente). Por ejemplo si no hay nadie
en casa durante horas laborables, el notificador judicial
podrá regresar a las 7:30 p.m., durante horas no laborables.
Si después que se hayan hecho por los menos dos intentos
más para entregar los documentos ya sea mediante la
entrega personal o por sustitución, sin haber tenido
éxito alguno, entonces el notificador judicial podrá
utilizar un lugar prominente para dejar los documentos. Dicho
procedimiento se conoce también como "clavar y
enviar" ("nail and mail").
Este tipo de entrega requiere que una copia de los documentos
sea pegada en la puerta del lugar de residencia o que se deslice
por debajo de la puerta del apartamento del demandado. Al
siguiente día laborable, el notificador judicial deberá
enviar una copia de los documentos por correo regular, así
como otra copia adicional por correo certificado al demandado.
Asegúrese de guardar los comprobantes del envío
por correo certificado.
Después de la entrega de la citación judicial,
la persona que haya hecho dicha entrega debe llenar un affidávit
de entrega (vea la información que aparece a continuación).

Affidávit
de entrega
1. Una vez entregada la COPIA de la notificación
de la demanda y del aviso de la querella , la persona responsabilizada
con la entrega debe llenar un affidávit de entrega.
Active el enlace titulado "Affidávit
de entrega" para descargar dicho formulario. También
puede obtenerlo en las oficinas del secretario del tribunal.
El Affidávit de entrega debe incluir la información
siguiente: descripción del color de la piel, el color
del pelo, la edad, el peso y la estatura aproximados así
como cualquier otro rasgo identificativo que pueda tener la
persona que recibe los documentos.
2. Una vez que se haya completado el affidávit de
entrega, la persona que hizo la entrega debe firmarlo ante
un notario público para que el documento sea notariado.
3. El affidávit de entrega debidamente llenado, firmado
y notariado tiene que ser devuelto a las oficinas del secretario
del tribunal dentro de un período de 3 dias posteriores
a la fecha de la entrega personal o del envío por correo.
Haga copias del affidávit de entrega antes de someterlo
al tribunal, y guardelos en su archivo personal.
4. El dia de su comparecencia ante el tribunal, asegúrese
de traer consigo una copia de los documentos.
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