Apelaciones
Información
General | Sometiendo una notificación
de apelación | Obteniendo
la transcripción del juicio | Procedimiento
para Someter Enmiendas Propuestas | Haciendo
entrega de la transcripción | Revisión
de la transcripción | Sala
de apelaciones
Información
General
Una apelación
puede ser interpuesta, exclusivamente, después
que una órden
o un fallo judicial
han sido emitidos por un juez. Los fallos emitidos por
un árbitro
no pueden ser apelados. Cuando las disputas han sido
resueltas a través del consentimiento mutuo entre
ambas partes o por rebeldía,
el recurso de apelación no puede ser interpuesto.
Consulte con a su abogado para averiguar de qué
otros recursos legales puede disponer.
El proceso de apelación puede ser costoso. Al
estenógrafo se le permite cobrar una tarifa basada
en la duración de la transcripción
que deba prepararse. Se le sugiere que se comunique
con el estenógrafo judicial para obtener un estimado
del costo de la preparación de una transcripción
mecanografiada de las actas del juicio. Esta información
puede serle útil a la hora de determinar si debe
interponer o no un recurso de apelación. También
existe la posibilidad de que califique para que le otorguen
una exoneración del pago de las tarifas judiciales
basado en su condición de persona de bajos
recursos económicos, lo cual pagaría
los costos de la apelación. Para comunicarse
con los estenógrafos judiciales de su condado,
active Estenógrafos
Judiciales.
Una apelación debe someterse dentro de 30 dias
a partir de la entrega
del fallo judicial o de la orden que están siendo
apelados y de la notificación
escrita de su asentamiento. Si no se hace entrega de
una copia de la orden o del fallo judicial, no hay tiempo
límite para someter la apelación.
Una apelación no suspende ni frena la ejecución
de un fallo judicial. Para suspender la aplicación
de un fallo monetario se requiere una Orden de la Sala
de Apelaciones del Tribunal Supremo de Justicia, o la
Garantía
de una fianza en bonos o en un cheque certificado.
Una apelación no constituye un juicio nuevo
ni la introducción de nueva evidencia. Por el
contrario, es una revisión de segmentos pertinentes
del expediente judicial y de los segmentos pertinentes
de la transcripción de las actas del juicio,
revisión esta llevada a cabo por los jueces de
la sala de apelaciones del tribunal supremo del estado.
Si le interesa apelar un fallo o una orden judicial,
continúe leyendo el procedimiento según
se explica más adelante.

Sometiendo
una notificación de apelación
El formulario requerido para apelar puede ser descargado
gratuitamente activando el enlace notificación
de apelación. Puede obtenerlo en las oficinas
del secretario de la corte de apelación de su
condado.
Llene la notificación de apelación y
haga dos copias de la misma. Busque a una persona mayor
de 18 años de edad para que haga entrega
de una copia a la parte contraria. (Si su oponente es
asistido por un abogado, dicho abogado debe recibir
la notificación). Dicha notificación puede
hacerse por correos o en persona. El notificador debe
llenar y autenticar el affidávit
de entrega. Active el enlace Affidávit de
entrega para obtener gratuitamente el formulario judicial
apropiado.
Una vez pagada la tarifa de apelación, la notificación
original de la apelación, conjuntamente con el
affidávit de entrega, debe ser sometida ante
el tribunal. Las tarifas judiciales
están detalladas en dicho enlace. Para saber
donde someter la notificación de apelación
en su condado, active Tribunales.
Mantenga la copia sobrante para sus archivos.

Obteniendo
una transcripción del juicio
La persona que interpone el recurso de apelación
debe pagar por una transcripción del juicio preparada
por del reportero judicial o una agencia de transcripciones.
La persona que interpone el recurso de apelación
debe comunicarse con el reportero judicial o el servicio
de transcripciones para discutir los detalles de la
preparación de la transcripción. Para
saber cómo comunicarse con los reporteros judiciales
de su condado, active Estenógrafos
Judiciales. Puede que usted califique para recibir
una exoneración del pago de los costos judiciales,
basado en su condición de persona
de bajos recursos económicos, lo cual pagaría
por los costos de la apelación.
Puede activar el enlace Affidávit
para ver una copia del formulario judicial civiil que
necesitará para obtener una copia gratuita de
la transcripción. O, usted puede obtener un formulario
a través del secretario judicial.

Procedimiento
para someter proposiciones de enmiendas
La persona que somete un recurso de apelación
puede, dentro de un período de 15 dias, someter
cualquier proposición de enmiendas a través
del siguiente procedimiento:
1. La persona que interpone el recurso de apelación
debe leer la transcripción.
2. Si hay algún error en la transcripción,
como por ejemplo: la transcripción indica que
un accidente ocurrió a las 3:30 p.m., pero el
testimonio presentado durante el juicio indica que fue
a las 2:30 p.m., la persona que interpone el recurso
de apelación debe escribir una nota de la página
y el número de línea en la que se aparece
el error. Una vez revisada la transacripción
debe marcarse una hoja de papel de la siguiente manera:
"Enmiendas propuestas y objeciones", enumerando
cada número de página y de línea
que la persona que interpone el recurso de apelación
propone sean enmendadas, e incluyendo la enmienda propuesta.
De acuerdo al ejemplo anterior, las anotaciones serían
las siguientes: Página 14 línea 6: 3:30
p.m. debería ser 2:30 p.m.
La persona que interpone el recurso de apelación
debe entonces hacer una copia de la lista de objeciones
y de las enmiendas propuestas, adjuntándolas
a la transcripción. Estos documentos deben entregarse
de la manera descrita más adelante.

Haciendo
entrega de la transcripción
Una notificación de transmisión de la
transcripción, una copia de la transcripción
y una copia de las objeciones y de la proposición
de enmiendas deben ser entregadas a la parte contraria
por alguien mayor de 18 años que no forme parte
de la acción judicial. Usted puede descargar
el formulario adecuado activando el enlace notificación
de transmisión de la transcripción,
o puede obtenerlos en las oficinas del tribunal de apelaciones
de su condado.
Quien reciba los documentos debe entonces someter cualquier
objeción y propuesta de enmienda ante la persona
que somete la apelación o ante su abogado dentro
de un período de 15 dias. Una vez expirado el
período de 15 dias, la persona que somete la
apelación puede revisar la transcripción
(ver más adelante) ya sea que quien reciba la
apelación se haya opuesto o no.

Revisión
de la transcripción
La transcripción debe ser "revisada"
por el juez que ventiló el caso o por consentimiento
mutuo. En este caso, la palabra "revisión"
es utilizada para indicar que la transcripción
de las actas del juicio y las objeciones y enmiendas
propuestas serán examinadas o revisadas para
determinar su veracidad y para ser finalizadas por el
tribunal. Usted puede activar notificación
de la revisión de la transcripción
para que descargue el formulario adecuado o puede obtenerlo
a través del secretario de la corte de apelación
de su condado.
El formulario de notificación de la revisión
de la transcripción tiene como propósito
notificar a la parte contraria o a su abogado sobre
la fecha en la cual el juez revisará la transcripción.
No es necesario que usted comparezca ante tribunal en
dicha fecha. La parte contraria o su abogado debe recibir
notificación por lo menos cuatro dias antes de
la fecha programada para dicha revisión y nueve
dias antes si la notificación fue hecha por correos.
El affidávit de entrega debe ser notarizarado.
El formulario de la notificación de la revisión
de la transcripción debe llenarse en triplicado
y debe ser distribuído de la manera siguiente:
Copia #1. El original, junto a la transcripción
de las actas del juicio (con las objeciones y/o las
correcciones propuestas, si es que existen) debe ser
sometido al secretario de la corte de apelaciones antes
del dia de la revisión. Dicho secretario remitirá
los documentos al juez el dia de la revisión,
acompañados del affidávit de entrega.
La copia #2 debe ser "entregada" a la parte
contraria o a su abogado por alguien mayor de 18 de
años quien no forme parte del litigio, indicando
la fecha en que el juez revisará la transcripción.
La copia #3 debe quedar en su posesión.

La
corte de apelaciones
Una vez revisada la transcripción, el secretario
del tribunal de apelaciones preparará un reenvío
de causa de apelación, el cual será sometido
a la corte de apelaciones conjuntamente con la transcripción,
la notificación de apelación, el expediente
judicial y cualquier otro documento pertinente.
Usted debe completar el proceso de su apelación
ante la sala de apelaciones de la corte suprema de justicia
de acuerdo con las regulaciones, estatutos e instrucciones
de ésta. Para mayor información relacionada
con la corte de apelaciones en su condado, active el
enlace Tribunales.
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