Compareciendo ante el tribunal
Información general
Estipulaciones y acuerdos
Seleccionando un juez o un árbitro
para su audiencia
Qué sucede si el demandante no
responde cuando se hace la lectura del calendario
Qué sucede si el demandado no
comparece
Información
general
El día señalado para su audiencia de reclamos
menores, asegúrese de llegar al menos media hora antes
de que comience la sesión del tribunal. Si no sabe
cómo llegar al tribunal, le recomendamos que active
el enlace titulado direcciones.
Debe tener en cuenta que a su llegada al tribunal, usted primero
tendrá que pasar por los detectores de metales. Cuando
llegue a la sala del tribunal de reclamos menores que le corresponda,
trate de encontrar el calendario
de la sala, el cual por lo general se coloca justo a la entrada.
Las demandas programadas para ese día, incluyendo la
suya, pueden ser identificadas mediante el número del
caso, así como por los apellidos de los litigantes
(demandante y demandado). Si su caso no aparece en el calendario
del día o si no hay un calendario informativo a la
entrada de la sala, usted tendrá que informárselo
al secretario judicial.
Tome asiento en la sala y espere a que el secretario judicial
pase la lista de los casos programados para ese día.
Permanezca en silencio para que usted y los que estén
a su alrededor puedan escuchar sin interrupción. El
secretario judicial mencionará el número de
su caso y llamará su nombre. Cuando llamen su nombre,
usted debe ponerse de pie, repetir su nombre, y declarar "ready",
lo que significa que usted está listo para proseguir.
Si no está listo, y lo que necesita es pedir un aplazamiento
o, si tiene alguna otra solicitud, como por ejemplo, quiere
presentar una contrademanda
o desea añadir a otra persona a la demanda, tiene que
informárselo al tribunal en este preciso momento, para
ello, simplemente tiene que repetir la palabra "application".
Si cualquiera de las partes litigantes hace este tipo de solicitud
("application"), será necesario que usted
permanezca en la sala hasta que tenga la oportunidad de hablar
con el juez, quien decidirá si concede o no dicha solicitud
("application").
Si los dos lados del litigio están listos, el caso
será ventilado por un árbitro,
a menos que usted pida que su caso sea escuchado exclusivamente
por el juez. Si desea más información acerca
de lo que sucede cuando usted comparece ante el árbitro
o juez, active el enlace titulado juicios.

Estipulaciones
y acuerdos
Las partes involucradas en un litigio que acuden al tribunal
en busca de ayuda, con frecuencia deciden primero discutir
su caso con el propósito de poder llegar a un acuerdo.
Al llegar a un acuerdo, los litigantes son los que deciden
cual va a ser el resultado de la disputa y,además no
tendrán que comparecer ante un juez o árbitro.
Muchos litigantes deciden llegar a un compromiso, lo que usualmente
se conoce como una "estipulación de acuerdo",
un documento que tiene que ser firmado por los litigantes
y el juez. La mayoría de los litigantes prefiere llegar
a un acuerdo o compromiso, sin tener que ir a juicio, ya que
de esta manera podrán resolver la disputa de forma
rápida y segura.
Los detalles de la estipulación van a depender del
tipo de negociación que haya tenido lugar entre las
partes en disputa, así como las particularidades de
cada caso. Cuando firma una estipulación de acuerdo,
usted acepta un compromiso legal que tiene que ser cumplido
cabalmente. De manera que debe tener mucho cuidado y asegurarse,
no solo de leer la estipulación de acuerdo, sino también
de que la entiende y que tiene la certeza de que le va a ser
posible cumplir con todo lo que usted se haya comprometido.

Seleccionando
un juez o un árbitro para su audiencia
Los litigantes que acuden al tribunal de reclamos menores
tienen la posibilidad de elegir entre un árbitro o
un juez para solucionar su disputa. Un árbitro no es
más que un abogado especialmente entrenado para escuchar
los detalles de una disputa y tomar una decisión al
respecto. Debido a que hay más árbitros que
jueces disponibles para procesar una demanda, si usted decide
ventilar su litigio con un árbitro, su demanda será
procesada con mayor rapidez. La audiencia frente a un árbitro
es bastante informal, aunque no hay diferencia alguna en la
manera en que este aplica la ley y la de un juez; o sea, el
método es el mismo.
Un diferencia importante entre un juez y un árbitro
es el hecho de que la decisión de un arbitro no puede
ser apelada, ya que
el procedimiento judicial no aparece grabado en las actas
oficiales del tribunal. Sin embargo, si su audiencia es con
un juez, usted sí puede apelar su decisión,
ya que durante el juicio o audiencia, el tribunal contará
con los servicios de un estenógrafo judicial o equipo
de grabación, por lo que al final de la audiencia,
el tribunal tendrá una grabación oficial, necesaria
para poder procesar una apelación.
Si usted desea que su caso sea ventilado por un juez, cuando
llamen su caso, usted debe decir: "ready
by the court" y entonces tendrá que esperar
hasta que el juez esté disponible para escuchar los
pormenores de su demanda. Si al final de la sesión,
el juez aún no ha podido procesar su caso, es muy probable
que usted tenga que regresar otra noche. De lo contrario,
su caso será procesado por un árbitro. Antes
de que esto suceda, usted tendrá que firmar una notificación
de consentimiento, reconociendo la autoridad de dicho árbitro.

Qué
sucede si el demandante no responde cuando se hace la lectura
del calendario
Si el secretario judicial llama su caso, de acuerdo con el
orden en que éste aparece en el calendario de la sala
y el demandante no responde o comparece, la demanda será
anulada sin prejuicio
y usted podrá irse a casa. Sin embargo, debe tener
en cuenta el hecho de que en el futuro, el demandante tiene
el derecho de iniciar otra demanda contra usted y por la misma
razón.

Qué
sucede si el demandado no comparece
Si el secretario judicial llama su caso, de acuerdo con el
orden en que éste aparece en el calendario de la sala
y el demandado no responde o comparece, el tribunal ordenará
una indagatoria. Esto
significa que el juez o árbitro escuchará sus
argumentos aunque el demandado no esté presente. Si
el demandante presenta suficiente evidencia
en apoyo de sus alegaciones, el juez o árbitro le concederá
un fallo por rebeldía contra el demandado. Si desea
obtener mayor información al respecto, active el enlace
titulado fallos judiciales.
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