Fallos judiciales
El juez o árbitro tomará una decisión
después que se lleve a cabo un juicio
o indagatoria. El
tribunal enviará una notificación del fallo
judicial a ambas partes del litigio. Dicha notificación
del fallo incluirá la decisión del árbitro
o juez. Si el demandante gana el caso, el tribunal emitirá
un fallo monetario a su favor y en detrimento del demandado.
El demandado está obligado legalmente a pagar el fallo
monetario y el demandante podrá a su vez, usar todos
los medios legales a su alcance para hacer que el demandado
cumpla con dicho fallo.
El demandante, en cuyo favor se ha emitido el fallo, es conocido
como el "acreedor del fallo", y el demandado, quien
está obligado a pagar la cantidad establecida por el
tribunal, es conocido como el "deudor del fallo".
El deudor tiene un plazo de 30 días a partir de la
fecha en que reciba la notificación del fallo judicial
para pagar dicho fallo. El deudor tiene la obligación
de probarle al tribunal de que el fallo ha sido pagado.
El fallo judicial es válido por un período de
20 años.
Solo podrá apelarse
un fallo judicial que haya sido emitido por un juez y no por
un árbitro. Si desea más información
al respecto, dirijáse a la sección titulada
apelaciones. Si él(la)
deudor(a) no comparece ante el tribunal el día señalado
para la audiencia, él o ella será declarado
en rebeldía.
De ser este el caso, él(la) deudor(a), podrá
venir al tribunal para pedir que se anule
la declaración de rebeldía o incumplimiento
emitida en su contra. Si desea obtener más información
sobre este tema, active el enlace titulado anulando
un fallo en rebeldía.
Si el deudor del fallo no cumple con el pago del mismo, el
acreedor del fallo podrá tomar las medidas que sean
necesarias para cobrar la cantidad adeudada. Se pueden intentar
varios procedimientos legales que pueden ser utilizados para
hacer cumplir con este objetivo, o sea, poder cobrar el monto
del fallo judicial, entre los que se pueden mencionar los
siguientes: prohibir el acceso del deudor a sus bienes o activos,
incautar la propiedad
del deudor, o embargar
sus cuentas bancarias o su salario. Para mayor información
active el enlace cómo
cobrar el fallo judicial.
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