Llegando a un acuerdo antes del día
programado para la audiencia
Las partes involucradas en un litigio que acuden al tribunal
en busca de ayuda, con frecuencia deciden primero discutir
su caso, con el propósito de poder llegar a un acuerdo.
Al llegar a un acuerdo, los litigantes son los que deciden
cuál va a ser el resultado de la disputa y,además,
no tendrán que comparecer ante un juez o árbitro.
Muchos litigantes deciden ponerse de acuerdo, sin tener que
ir a juicio, ya que al llegar a un acuerdo o compromiso, estos
podrán resolver la disputa de manera rápida
y segura.
En el caso de que el demandado y el demandante lleguen a
un acuerdo o compromiso en relación con la disputa
de reclamos menores antes del día programado para la
audiencia, y que se haya pagado el dinero que estaba siendo
reclamado, el demandante tendrá que informárselo
por correo al secretario del tribunal de reclamos menores.
Active el enlace titulado direcciones
para averiguar dónde tiene que enviar su carta. De
llegarse a un acuerdo, ninguno de los litigantes tendrá
que comparecer ante el tribunal.
Si el demandado y el demandante llegan a un acuerdo o compromiso
en relación con la disputa de reclamos menores antes
del día programado para la audiencia, pero todavía
no se ha pagado el dinero que se reclama o, en el caso de
que ambas partes del litigio tengan esperanzas de poder solucionar
la disputa, pero todavía están en medio del
proceso de negociación de los términos de dicho
acuerdo, el demandante tendrá que comparecer ante el
tribunal el día programado para su audiencia y de esta
manera, evitar que su caso sea anulado.
El demandante debe pedírle un "aplazamiento debido
a la posible resolución de la disputa" al juez,
quién a su vez autorizará una nueva fecha de
comparecencia. Si los litigantes no pueden resolver la disputa
de reclamos menores, estos tendrán que comparecer ante
el tribunal en la nueva fecha que se haya programado, preparados
para presentarle al juez o árbitro cualquier evidencia
significativa para su caso.
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