Iniciando un caso
Información general
Donde puede demandar
Iniciando el caso
Sometiendo los documentos electrónicamente
Notificando al demandado
Preparándose para comparecer
Información
general
Cualquier persona mayor de 18 años de edad puede iniciar
una demanda en el tribunal de reclamos menores. Si usted es
menor de 18 años, su padre o tutor puede demandar a
nombre suyo. Solamente los individuos pueden iniciar demandas
en el tribunal de reclamos menores. Ni las empresas, las sociedades,
las asociaciones ni los concesionarios pueden demandar en
el tribunal de reclamos menores. Sin embargo, ellos sí
podrán ser demandados en el tribunal de reclamos menores.
Si usted es una empresa, una sociedad, una asociación
o un concesionario, usted puede entablar un reclamo comercial
o por servicios al cliente. Para información adicional,
visite reclamos comerciales y transacciones
al consumidor.
Por lo general, la persona que demanda se conoce como el
demandante y la persona que recibe la demanda se conoce como
el demandado. Usted puede demandar a más de una persona
simultáneamente.
Usted tiene que ser la persona apropiada para iniciar una
demanda en el tribunal de reclamos menores. Por ejemplo, si
usted queda involucrado en un accidente mientras conduce un
automóvil que no esté registrado a su nombre,
usted no puede demandar por daños causados al automóvil
durante el accidente. Solamente la persona a nombre de quien
esté registrado el automóvil puede demandar
por daños causados a dicho auto.
Para mayor información sobre cómo entablar una
demanda en el tribunal de reclamos menores, continúe
leyendo más adelante. Puede también leer la
ley procesal, activando la Civil Court
Act section 1803.

Donde demandar:
competencia
Un demandante debe iniciar la demanda en el condado apropiado. Por lo general, un demandante puede demandar en el condado donde reside cualquiera de las partes. Si ninguna de las partes reside dentro de la Ciudad, la demanda puede someterse en el condado donde cualquiera de las partes trabaje o tenga una oficina en la cual lleve a cabo transacciones comerciales. Si el demandado no tiene lugar de residencia, empleo, ni lleva a cabo negocios dentro de la ciudad de Nueva York, usted no puede instigar la demanda en el tribunal de reclamos menores. Para encontrar la ubicación en su condado, active "Locations."

Iniciando
un caso
Para iniciar una demanda en el tribunal de reclamos menores,
una persona, o alguien que la represente, debe presentarse
ante las oficinas del secretario del tribunal de reclamos
menores y llenar una declaración de reclamo. Para saber
la ubicación de las oficinas del secretario del tribunal
de su condado, active direcciones.
Para saber cuando están abiertas las oficinas del tribunal
de reclamos menores, visite horario
del tribunal. Usted puede también utilizar un servicio
privado para llenar la declaración de reclamo y para
someterla electrónicamente ante el tribunal. Si está
interesado en iniciar su caso de esta forma, active presentando
formularios electrónicamente.
La persona que llene la declaración de reclamo debe
tener la capacidad de explicar la razón de la demanda
y tiene que saber el nombre y la dirección correctas,
incluyendo la zona postal, de la persona o empresa que está
siendo demanda. Si no está seguro del nombre correcto
de la empresa, diríjase a las oficinas del secretario
del condado donde esté ubicada dicha empresa y solicite
copia del certificado de negocios, fotocópielo y llévelo
al tribunal. Para ver el formulario de reclamos menores, active
formulario de reclamos.
Puede ver un corto video que le explica cómo
llenar el formulario.
Instrucciones para el formulario de reclamos menores:
Video (duración:
4:52 minutos/segundos, formato Windows Media)
Transcripción
escrita
Usted tendrá que pagar una tarifa judicial para presentar
su reclamo. Si la reclamación es por una cantidad de
hasta $1000 dólares, la tarifa es de $15. Si la reclamación
sobrepasa los $1000, hasta los $5000, la tarifa es de $20.
Dicha tarifa tiene que ser pagada en efectivo, cheque certificado,
giro monetario o cheque bancario, pagadero a favor de "Clerk
of the Civil Court". No se aceptan cheques personales.
El secretario le informará la fecha de su audiencia.
Las audiencias del tribunal de reclamos menores se llevan
a cabo, por lo general, a las 6:30 P.M. Si usted es un ciudadano
de la tercera edad, es minusválido o trabaja de noche,
puede solicitar que su audiencia se lleve a cabo de día.
Usted o la persona que comparezca a nombre suyo, debe mostrar
prueba de su edad, de incapacidad física o de que trabaja
de noche. Dicha prueba puede ser una carta de su empresa o
de un doctor, una licencia de conducir que indique su fecha
de nacimiento u otros documentos similares.
Si reside fuera de la ciudad de Nueva York y desea demandar
a alguien dentro de la ciudad, usted puede presentar su demanda
por correos. Comuníquese con las oficinas del secretario
judicial del tribunal de reclamos menores del condado donde
resida, viva o trabaje el demandado, para así obtener
los formularios necesarios.

Presentando
los documentos electrónicamente
En estos momentos, el sistema judicial no permite la presentación
electrónica de documentos. Sin embargo, varias compañías
privadas suministran dicho servicio. El servicio suministrado
por cada compañía es diferente y usted tiene
que revisar los requisitos individuales. Le aconsejamos que
revise cuidadosamente el portal cibernético de cada
compañía, ya que dichos portales ofrecen gran
cantidad de información sobre cómo proceder
con su caso.
La lista actual de compañías es:
Intresys
TurboCourt®
nCourt

Notificando
al demandado
Una vez sometida la demanda, el tribunal de reclamos menores
hará entrega
de la notificación de su reclamo, enviándola
al demandado. Dicha notificación de reclamo le indica
el demandado cuándo comparecer ante el tribunal de
reclamos menores e incluye una descripción breve de
su reclamo y de la cantidad de dinero que usted solicita.
La notificación de su reclamo le será enviada
al demandado por correo certificado y por correo ordinario
de primera clase. Si la notificación enviada por correo
ordinario de primera clase no es devuelta por la oficina de
correos dentro de un período de 21 días, marcada,
indicando que no pudo ser entregada, se supondrá que
el demandado recibió la notificación de su reclamo,
aunque la notificación de reclamo enviada por correo
certificado no haya sido entregada.
Si la oficina de correos no puede entregar la notificación
de su reclamo (por ejemplo, el demandado pudo haberse mudado
sin dejar su dirección nueva), el secretario judicial
le otorgará una nueva fecha de audiencia y le indicará
qué arreglos hacer para entregar la notificación
de reclamo personalmente al demandado.
Si la notificación de reclamo no puede ser entregada
al demandado dentro de un período de 4 meses después
de que usted haya presentado su reclamación, dicha
reclamación será desestimada. Si más
adelante obtiene información adicional, relacionada
con la ubicación del demandado, usted podrá
someter su reclamación una vez más.
Un caso de reclamos menores no procederá a juicio
hasta que el demandado haya recibido una notificación
de su reclamo.
El demandado puede someter una contrademanda.
Para información sobre este procedimiento, active contrademandas.

Preparandose
para comparecer ante el tribunal
Antes de la fecha de audiencia, usted debe reunir toda la
evidencia que respalde
su reclamo o su defensa. Dicha evidencia puede incluir: fotos,
un acuerdo por escrito, una factura detallada, la cual indique
que fue "pagada", recibos de pago, por lo menos
dos estimados escritos y detallados del costo de los servicios
o de las reparaciones, un cheque cancelado, un artículo
de ropa dañada, cartas u otros documentos por escrito.
Si hay récords que no estén todavía en
su posesión, usted querrá que el tribunal emita
una orden para que dichos récords sean presentados
ante el tribunal durante la audiencia. Para información
adicional sobre este procedimiento, visite citaciones
judiciales.
Usted debe también preparar cualquier testigo
o testigos que planee llevar a la audiencia para que testifiquen
a favor de su reclamo o de su defensa. El testimonio de una
persona que posea conocimiento especial o conocimiento y experiencia
relacionados con una materia relacionada con el asunto de
su reclamo, podría ser necesario para demostrar su
caso. Por ejemplo, si su caso cuestiona la calidad de un servicio
médico, usted tiene que buscar a un doctor que esté
dispuesto a dar una opinión, ante el tribunal, relacionada
con la calidad del cuidado que usted haya recibido. Aunque
quizas usted pueda localizar a un perito en la materia que
testifique a favor suyo y sin cobrarle, es más probable
que usted tenga que pagar por el testimonio de un perito.
Si un testigo, excepto un perito, se niega a testificar voluntariamente,
usted puede hacerle entrega
de una citación judicial, obligándole a comparecer
ante el tribunal para que testifique. Para mayor información,
visite citaciones judiciales.
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