Manutención de un menor y/o cónyuge

Preguntas frecuentes [FAQ's]

 

¿Hastaque edad tienen los padres la obligación de mantener a sus hijos?

 

En el estado de New York, un menor tiene el derecho de ser mantenido hasta los 21 años de edad. Sin embargo, un menor se considera "emancipado/a" y los padres ya no tienen la obligación de mantenerlo si se casa si sin cumplir los 21 años , está en el servicio militar o es autoestable.

También, un menor se considera "emancipado/a" si se va del hogar entre 17 y 21 años, y rehusa obedecer los mandatos razonables de sus padres.

 

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¿Quiénpuede iniciar una petición para manutención infantil?

 

Cuando los padres de un menor están separados y uno de los dos tiene la custodia del menor, la persona con la custodia del menor puede iniciar una petición de manutención infantil. En esta petición la persona que tenga la custodia puede pedir que el tribunal de familias emita una orden para que el padre ausente pague sustento.

Un menor que no está emancipado/a que tampoco vive con los padres puede iniciar una petición contra ellos pidiendo que le paguen manutención directamente.

Si un menor recibe beneficios de bienestar público o vive en un hogar de crianza y recibe beneficios, el Departamento de Servicios Sociales puede iniciar una petición contra los padres para que el tribunal emita una orden de manutención para reembolsar al gobierno por los beneficios proveidos al menor.

La persona que inicia la petición es el "demandante". La persona responsable de pagar la manutención es el/la "demandado/a". La petición y el citatorio que indica la fecha de comparecencia al tribunal, se debe entregar por mano a la persona demandada.

El Tribunal de Familias no cobra por iniciar casos.

 

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¿Esnecesario que los litigantes sean representados por abogados?

 

Los litigantes pueden contratar abogados para que los representen o se pueden autorepresentar.

Cuando un litigante no tiene los medios con que pagar un abogado, el tribunal le asignará uno libre de costo siempre y cuando hayan alegaciones de desacato a una orden y el litigante corre el riesgo de encarcelamiento.

 

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¿Cuálesson los documentos que se deben presentar al tribunal?

 

Los litigantes deben presentar copias de sus planillas de declaración de impuestos más recientes, talonarios de sueldo recientes, y la declaración financiera indicando sueldos y gastos. Deben de traer comprobantes de sus gastos tales como el alquiler, alimentos, ropa, gastos médicos, cuidado diurno, educación y el costo de manutención de otros hijos.

 

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¿Qué sucede en la audiencia?

 

Un "Magistrado de Manutención" administra la audiencia. Toma testimonio de ambos litigantes acerca de sus ingresos y gastos y el costo de manutención del menor. Ambos pueden presentar pruebas y testigos. Los litigantes se pueden interrogar y contrainterrogar entre ellos mismos y también a los testigos. El Magistrado de Manutención calcula la cantidad que se le debe pagar al padre que tiene la custodia y programa las quotas de pago. Los pagos se pueden enviar directamente a la persona demandante o a través de la Unidad de Recaudación de Sustento (SCU). La SCU, es una agencia ajena al tribunal que recibe el dinero y se lo envía a la persona demandante.

Hay un video informativo de veinte minutos que demostrará paso por paso el proceso de paternidad y manutención infantil en el Tribunal de Familias del Estado de New York. Informará sobre la documentación necesaria, y sobre el proceso en el salon.

 

"Lo que necesita saber acerca de audiencias y servicios de manutención infantil" (vídeo)

 

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¿Quésucede si los litigantes no están de acuerdo con la orden del magistrado?

 

Ambos litigantes tienen el derecho de apelar la orden iniciando una "objección" dentro de treinta días de haberla recibido. La objección se debe entregar a la oficina del escribano y otra copia se debe mandar al otro litigante. El litigante que reciba la objección puede enviar una respuesta al tribunal. Después de revisar el expediente del caso un juez decidirá la objección. El juez puede dejar la orden tal como fue otorgada, cambiarla, o devolver el caso al mismo magistrado de manutención para una audiencia nueva. Si una de las partes no est de acuerdo con la orden del juez pueden apelar el caso a un tribunal superior.

 

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¿Quésucede si la persona demandada no paga la orden?

 

La persona demandante puede iniciar una petición de quebranto de la orden y pedir que el tribunal tome acción contra la persona que ha fallado en pagar la orden de sustento. La petición debe ser emplazada (entregada por mano) a la persona demandada. Habrá una audiencia para determinar si la persona demandada a desobedecido la orden. El magistrado puede hacer cumplir la orden pidiendo a la Unidad de Recaudación de Sustento que embargue las quotas directamente del sueldo de la persona demandada, que la persona demandada pague la suma total atrazada, y tomar las medidas necesarias para que pague el dinero debido.

Una persona demandada que se atraze en sus pagos también corre el riesgo de que le suspendan su licencia de negocios o de conducir, que se apoderen de su cuenta bancaria, y de que le revoquen el pasaporte, o le intercepten el reembolso de impuestos.

Si se determina que la persona demandada ha fallado en pagar la orden a propósito puede ser encarcelada hasta séis meses por desacato al tribunal.

Usted puede utilizar el programa gratuito y fácil DIY (Hágalo-Usted-Mismo) Form si demandado no paga la orden.

Aviso: Este programa es en inglés, pero obtendrá su traducción al pulsar sobre "ESPAÑOL." Deberá responder en inglés o el tribunal rechazará sus documentos.

 

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¿Se puede cambiar la orden?

 

Si hay un cambio en circunstancias ambas partes tienen el derecho a iniciar una petición para modificar la orden. La persona debe iniciar la petición con una breve declaración justificando el cambio. La petición junto con el citatorio debe ser emplazada (entregada por mano) al otro litigante. El tribunal hará una audiencia para considerar la modificación.

Las ordenes pagaderas a través de la Unidad de Recaudación de Sustento se revisan automaticamente cada tres años para posibles ajustes (cambios), a pedido de cualquiera de las dos partes, y cuando el que tiene la custodia recibe beneficios de asistencia pública para el menor. Los litigantes son notificados del derecho de pedir que la Unidad de Recaudación de Sustento revise la orden y de ser informados sobre los posibles cambios. Si no están de acuerdo con la orden propuesta pueden pedir una audiencia ante un magistrado para establecer una orden nueva.

Usted puede utilizar el programa gratuito y fácil DIY (Hágalo-Usted-Mismo) Form para pedirle al tribunal que cambiar el orden.

Aviso: Este programa es en inglés, pero obtendrá su traducción al pulsar sobre "ESPAÑOL." Deberá responder en inglés o el tribunal rechazará sus documentos.

 

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¿Quétal si la persona que tiene la custodia busca manutención de la otra parte que vive fuera del estado de New York o en un condado del estado de New York que queda lejos del condado donde vive el menor?

 

Si la persona con custodia de un menor busca manutención por parte del otro padre que vive fuera del estado puede iniciar un caso interestatal en el tribunal de familias, bajo el Acta Uniforme de Sustento Familiar Interestatal (UIFSA). Un caso UIFSA se puede iniciar en el Tribunal de Familias cuando ambas partes viven dentro del estado de New York pero en condados lejanos. Una persona demandante en la ciudad de New York puede iniciar una petición en el condado de su residencia y esta petición se enviará al tribunal del condado de residencia de la persona demandada. La persona demandada será emplazada con la petición y tendrá que comparecer ante el tribunal donde reside. La persona demandante no tendrá que comparecer ante el tribunal donde vive la persona demandada. Un abogado local irá a representar a la persona demandante en la audiencia de manutención.

Si un menor vive fuera del estado de New York o en un condado lejos de la ciudad de New York, y la persona demandada vive en la ciudad de New York, la persona que tiene la custodia puede iniciar una petición dentro de su condado o estado de residencia. La persona demandada será emplazada y tendrá que comparecer ante el tribunal de familias en su condado y al mismo tiempo un abogado del departamento legal de la ciudad de New York representará a la persona demandante que vive fuera del estado o condado.

La audiencia tomará lugar del mismo modo que un caso de manutención iniciado dentro de la ciudad de New York, pero la documentación y pruebas serán enviadas por correo o por fax.

 

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¿Sepuede iniciar una petición contra un conyuge para manutención conyugal?

 

En el estado de New York, una persona casada puede iniciar una petición en el tribunal de familias para manutención conyugal. Una persona ya divorciada no puede pedir una orden nueva de sustento de un ex-conyuge en el tribunal de familias (eso se pediría en el Tribunal Supremo del Estado). Una petición para modificar una orden vigente para un ex-conyuge se puede iniciar en el tribunal de familias.

La petición y citación tienen que ser emplazadas a la parte demandada. Una audiencia tomará lugar ante un magistrado de manutención donde las partes tienen que presentar pruebas de sus ingresos y gastos y presentar testigos. El magistrado decidirá no sólo si la persona demandada tiene que pagar manutención conyugal sino también la cantidad a pagar y por qué período de tiempo.

 

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